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Buzón Comercial
NORMATIVA REGULADORA DEL BUZÓN COMERCIAL
Objeto del Servicio:
Este servicio tiene como objeto el uso privativo de un buzón, para la recepción de correspondencia comercial. Todos los días laborables se procederá al depósito en el buzón designado al solicitante, la correspondencia comercial que el empleado del servicio de Correos entregue en el citado Centro a nombre del solicitante.
De este servicio de recepción de correspondencia y posterior depósito en el buzón correspondiente, quedan expresamente excluidos todos aquellos envíos postales que necesiten expedición de recibo justificativo de su recepción como los certificados, las notificaciones, burofas, etc..., de las que tendrá que hacerse cargo el propio titular del buzón.
Legislación aplicable:
- Ordenanza fiscal número 17 de la Tasa por la utilización privativa y/o aprovechamiento especial del Centro de Empresas Municipal de Camargo.
- La presentación de esta solicitud conlleva la aceptación de las Normas de Régimen Interno del Centro de Empresas Municipal de Camargo, regulado por la ordenanza reguladora de acceso y funcionamiento del Centro de Empresas BOC nº 231, de 2 de diciembre de 2011.
Destinatarios del servicio:
Podrán solicitar este servicio las personas físicas o jurídicas que ejerzan una actividad económica o/y profesional.
Coste del Servicio:
El coste del uso privativo del buzón comercial vendrá determinado por la Ordenanza Fiscal nº 17 de la tasa por la utilización privativa y/o aprovechamiento especial del Centro de Empresas de Camargo. Dicha Ordenanza Fiscal establece en la modificación publicada en el BOC Nº 248 de 27 de diciembre de 2013, una tasa de 40 € al año.
Localización del buzón:
El buzón estará situado en la planta baja del Centro de Empresas Municipal de Camargo (Polígono de Trascueto, s/n en Revilla de Camargo).
Horario de acceso al buzón:
El usuario del servico tendrá acceso al buzón comercial designado en el horario de funcionamiento del Centro de Empresas Municipal según el calendario laboral del mismo, excepto festivos:
- De lunes a viernes de 8:00 a 21:00 horas.
- Sábados de 9:00 a 13:00 horas.
Requisitos para su solicitud:
- Cumplimentar la solicitud existente al efecto.
- Hacer efectivo el ingreso de la tasa en el nº de cuenta del ayuntamiento facilitado para el pago de la misma.
- En el caso de:
Autónomos:
Copia del alta en Hacienda.
Copia del alta en el régimen especial de autónomos del la Seguridad Social o Mutualidad correspondiente.
Personas jurídicas:
Copia de la escritura de constitución.
Copia del poder de representación.
copia alta en Hacienda.
La solicitud junto con la documentación se presentará para su sellado en el Registro General del Ayuntamiento.
Duración del servicio de Buzón comercial:
Tendrá la duración de 1 año. En el caso de que el usuario del buzón esté interesado en su renovación deberá presentar la solicitud al efecto, con una antelación de un mes a la finalización del servicio.
Extinción del Servicio
- El Servicio se extinguirá a la finalización del plazo de duración del mismo o cuando no se efectúa la retirada de la correspondencia recogida en el buzón, entendiendo que se produce tal situación cuando la acumulación de correo en el buzón impida el depósito de nueva correspondiencia, o cuando no se efectúe la retirada del mismo por periodo superior a dos meses.
- Declarada la resolución del servicio, se porcederá a la recuperación del buzón y a la no recepción de correspondencia a favor del interesado.
- La correspondencia existente en los buzones que sean recuperados será mantenida por periodo de tres meses, transcurridos los cuales se procederá por el Ayuntamiento de la destrucción de la misma.